Por el cual se destina una suma para campaña antiepidémica

Rango Decreto
Publicación 1945-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Articulo único. Destinase la suma de diez mil pesos ($ 10.000) moneda corriente, que se tomará del capitulo 43, articulo 409 del Presupuesto vigente y que se pondrá a disposición de la Dirección General de Edificios Nacionales en la Caja del Ministerio de Obras Públicas, para que por dicha dependencia se llevan a cabo las obras y dotación que se expresan en seguida, en el Instituto Nacional de Epidemiología y en desarrollo de la campaña antiepidémica a cargo del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de abril de 1945,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ S.

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