Por el cual se restablecen los trabajos en la Carretera Central del Norte, en la Sección de Santander

Rango Decreto
Publicación 1922-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Restablécense los trabajos en la Carretera Central del Norte, en la sección de Santander, suspendidos por el Decreto número 1384, de 16 de diciembre de 1921.
Artículo 2º Los trabajos en referencia se encaminarán especial mente a la reparación del puente de La Palmera, y a la construcción y conservación de la vía, en cuanto lo permitan los recursos de que pueda disponerse.
Artículo 3º Continuarán ejerciendo los cargos de Cajero Administrador y Jefe de trabajos, los señora José María Amaya A. y Elias Lugo, con las mismas asignaciones que tenían. El Cajero Administrador desempeñará el cargo con el mismo aseguro definitivo que había prestado, y no devengará sino la mitad del sueldo a partir de la sus pensión de los trabajos hasta la expedición del presente Decreto; en adelante, gozará de la asignación que se le había fijado.

Publíquese y comuníquese.

Dado en Bogotá a 11 de julio de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Obras Públicas, Próspero MARQUEZ.

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