Por el cual se fija una asignación y se hace un nombramiento en propiedad en el Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.º En uso de la facultad conferida al Gobierno por el artículo 14 de la Ley 55 de 1927, fíjase en $300 el sueldo mensual del Abogado Consultor del Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 2. º Para desempeñar dicho cargo nómbrase en propiedad al doctor Tobías Monroy.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de mayo de 1928
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.