Por el cual se fija una asignación, se restablecen unos empleos y se crean otros en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1914-10-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo 1.° Fíjase en sesenta pesos ($ 60) la asignación mensual del primer Ayudante de la Agencia de la Intendencia de Telégrafos en Barranquilla, y restablécense las plazas de segundo Ayudante y Guarda de la misma Agencia, con las asignaciones mensuales de $ 45 y $ 25, respectivamente.
Artículo 2.° Créanse dos plazas más de Ayudantes en la Oficina Telegráfica de Cartagena, con las mismas asignaciones que hoy tienen las demás de su clase en aquella Oficina.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de septiembre de 1914.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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