Por el cual se convoca el Congreso a sesiones extraordinarias

Rango Decreto
Publicación 1913-12-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales,

decreta:

Artículo 1.° Convócase el Congreso a nuevas sesiones extraordinarias por cinco días, contados del 1.° al 5 del próximo mes de diciembre.
Artículo 2.° Recomiéndase a la consideración del Congreso durante los cinco días de las primeras sesiones, de las nuevas sesiones extraordinarias, por su orden, los siguientes proyectos de ley:

1.° "Por la cual se ordena iniciar ciertas acciones contra la Colombian National Railway Company Limited";

2 .° "Por la cual se conceden unas autorizaciones al Poder Ejecutivo."

(Emerald Company);

3.° "Sobre autorizaciones al poder ejecutivo"(envío de estudiantes al Exterior);

4.° "Sobre Policía Nacional," y

5.° "Por la cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo"(Sobre liquidación de The Grent Notherrn central railway of Colombian Limited).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de noviembre del 1913.

CARLOS E. RESTREPO.

El Ministro de Gobierno;

clodomiro RAMIREZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.