Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente .de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que al verificarse la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica se omitió incluir en ella las sumas destinadas a las amortizaciones de cédulas de Tesorería y de vales del Tesoro, apropiadas en los créditos adicionases aprobados por el Congreso en la Ley 105 de 1919,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal del 1° de enero a 31 de diciembre de 1920, con la suma de ochocientos mil pesos ($ 800,000), que llevará las siguientes imputaciones:
MINISTERIO DEL TESORO
CAPITULO 82
Deuda interior .consolidada y flotante
| Artículo 893-A. | Para la amortización de las cédulas de Tesorería | $ | 700,000 |
|---|---|---|---|
| Artículo 893-B | Para la amortización de vales del Tesoro | 100,000 | |
| Total | $ | 800,000 |
Artículo 2° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio del Tesoro y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros loa asientos a que da lugar el presente Decreto .
Publiquese.
Dado en Bogotá a 8 de mayo de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro, J. M. PASOS.
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