Por el cual se crea un empleo y una oficina y se suprimen dos oficinas en el ramo postal y telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Créase la plaza de Ayudante en la Oficina Postal y Telegráfica de Belalcázar y la Oficina Postal y Telegráfica de San Marcos (Departamento de Bolívar), y suprímense las Oficinas Telegráficas de Rio de Oro y Buenavista Abajo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 11 de Septiembre de 1908.
R. REYES
El Ministro de Gobierno
- m. VARGAS
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