Por el cual se suspenden transitoriamente los efectos de dos decretos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Suspéndense transitoriamente los efectos de los siguientes Decretos: número 700, de 9 de abril del año en curso, por el cual se reorganiza el Departamento de Comercio e Industrias del Ministerio de la Economía Nacional, y número 922, de 13 de mayo en curso, reorgánico del Departamento de Minas del mismo Ministerio. En consecuencia, los empleados de las dependencias reorganizadas tienen derecho a continuar cobrando sus sueldos tal como lo venían haciendo hasta entonces.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de mayo de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de la Economía Nacional,
Jorge GARTNER
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