Por el cual se adscriben unas funciones al Revisor General del Ministerio de Hacienda

Rango Decreto
Publicación 1950-04-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confieren los artículos 45 del Decreto legislativo 289 de 1950, y 71 del Decreto legislativo 164 del mismo año,

decreta:

Artículo 1° Además de las funciones señaladas al Revisor General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en el Decreto 2394 de 1945, dicho funcionario tendrá en adelante las siguientes, relacionadas con la Dirección General del Presupuesto, cuando así se lo solicite el Director:
Artículo 2° A partir del 16 de marzo del año en curso, la asignación mensual del Revisor General del Ministerio de Hacienda, cuyas funciones se señalan en el presente Decreto, será de $ 1.200 mensuales.
Artículo 3° Este Decreto regirá desde su fecha.

Dado en Bogotá a 16 de marzo de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

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