Por el cual se abre un crédito Adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1971. (Ministerio de Obras Públicas), por $ 870.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, faculta al Gobierno Nacional para incorporar, por medio de decreto, al Presupuesto los nuevos recursos tributarios y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente abrir u n crédito adicional al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, por $870.000.00, destinado a financiar el acabado del monumento y las obras complementarias en el Campo del Pantano de Vargas;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, y con base en el producto del superávit fiscal de 1970, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 10 de 1971, por $449.235.121.00, de los cuales se utilizan $870.000.00, para financiar el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad de ochocientos setenta mil pesos ($ 870.000.00), moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 10 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación el siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
Recursos de Capital.
CAPITULO XV
Recursos del Balance del Tesoro.
| Numeral 165. Superávit fiscal de 1970 | $ | 870.000.00 |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 870.000.00 |
| Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Inversión. Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 710 Ministerio de Obras Públicas. Programa 710. Edificios, monumentos y parques nacionales. Subprograma 2. Estudios, construcción, reconstrucción y conservación de monumentos nacionales. Inversión directa. 531-433. Artículo 7106-A. Acabado, del monumento y obras complementarias en el Campo del Pantano de Vargas | $ | 870.000.00 |
| --- | --- | --- |
| Suma el crédito | $ | 870.000.00 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 1° de junio de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público. Alfonso Patiño Rosselli
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