Por el cual se declara sobrante un saldo de apropiación en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1980 y se abren unos créditos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso; de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que, en el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1980, .existe un saldo de apropiación por la suma de dos millones de pesos ($2.000.00.0.00) moneda corriente, proveniente de Recursos Propios, el cual puede ser contracreditado por estar libres de afectación;
Que la partida presupuestal .para cubrir los compromisos relacionados con Sanidad Planta resulta insuficiente y por tanto necesita ser adicionado
Que es de carácter prioritario atender los gastos que demande la capacitación de personal y que para ello no sé. presupuestó partida alguna, por lo cual es necesario crear esté proyecto;
Que se han cumplido los, requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1. Declarar sobrante .y por lo tanto disponible pava ser. trasladada, la, cantidad de dos millones de pesos ($2.000.000.00): moneda corriente, del. presupuesto de .Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal, de 1980, que se tomará de las siguientes Apropiaciones:
CONTRACREDITO
PROGRAMA .12
Bienestar Social d-e Empleados.
| Artículo 35. | Otras Actividades de Bienestar Social | ||
|---|---|---|---|
| Proyecto 4 | Programa de Seguridad Industrial | 2.000.000 | 2.000.000 |
| Recursos propios $2.000.000 | |||
| Suma el Contracrédito | 2.000.000 | 2.000.000 | |
| CREDITOS PROGRAMA 12 Bienestar-Social de Empleados. Artículo 35. | Otras Actividades de Bienestar Social. | ||
| Proyecto 5. | Capacitación de Personal | 1.000.000 | 1.000.000 |
| Recursos propios $ 1.000.000 | |||
| Programa 13 Otras inversiones no clasificables previamente. Artículo 36. | Funcionamiento. | ||
| Proyecto i | Gastos Sanidad Planta | 1.000.000 | |
| Recursos propios | 1.000.000 | ||
| Suman los créditos | 2.000.000 |
Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1980
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de .Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.