por medio del cual se suprime un cargo, se crean unos cargos, se hace un nombramiento provisional, se ordena un traslado y se asignan unas Funciones Consulares en el Servicio Exterior
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Japón, el cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, Encargado de Funciones Consulares en Tokio, con una asignación básica mensual de seis mil novecientos cuarenta dólares con 00/100 (US$6.940.00), actualmente ocupado por Héctor Isidro Arenas Neira, a quien se traslada a la planta interna del Ministerio, al cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 3056, Grado 06, vacante.
Artículo 2º. Créase en el Consulado de Colombia en Singapur, Singapur, un cargo de Cónsul de Primera Clase, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos dólares con 00/100 (US$3.800.00), y nómbrase provisionalmente a Isaac Tcachman Ziskiend.
Artículo 3º. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Japón, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 PA (Local), con una asignación básica mensual de dos mil seiscientos setenta dólares con 00/100 (US$2.670.00).
Artículo 4º. Asígnanse las Funciones Consulares al cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Japón, actualmente ocupado por Luis Amadeo Hernández Situ.
Artículo 5º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 12 de junio de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Rodrigo Pardo García-Peña.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.