por el cual se destina una partida para auxiliar restaurantes escolares
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase en dos mil pesos ($ 2,000) lo asignado en el Decreto número 291 del presente año, como auxilio para los restaurantes escolares de la Comisaría del Caquetá.
Dicha suma se destina de los fondos votados en el artículo 248, capítulo 45 de las. apropiaciones para la vigencia en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de junio de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
José Joaquín CASTRO M.
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