por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo

Rango Decreto
Publicación 1999-06-10
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1 º.Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de préstamo denominado "Programa Multisectorial de Inversión Pública 1999-2000" con la Corporación Andina de Fomento, CAF, por la suma de doscientos millones de dólares (US$200.000.000) de los Estados Unidos de América.
Artículo 2 º.El presente decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíque se, comuníquese, y cúmplase.

Dado en santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de junio de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Hernández Celis.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.