Por el cual se fija el monto de la fianza que deben otorgar varios empleados del Ministerio de Instrucción Pública

Rango Decreto
Publicación 1888-12-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

DECRETA:

Art. 1.° Los Directores de la Biblioteca, del Museo y del Observatorio de la nación, son responsables del Erario, por cuanto manejan valores pertenecientes a la República según así lo declara el artículo 1994 de Código Fiscal.
Art. 2.° Fijase en la cantidad de quinientos ($500) el valor de la fianza que deben otorgar dichos empleados, para asegurar el manejo de los bienes nacionales á su cargo. Esta fianza podrá ser hipotecaria ó prendaria, como lo dispone el Código Fiscal.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 13 de Diciembre de 1888

CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro de Instrucción pública,

J Casas Rojas.

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