Por el cual se fija el monto de la fianza que deben otorgar varios empleados del Ministerio de Instrucción Pública
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Los Directores de la Biblioteca, del Museo y del Observatorio de la nación, son responsables del Erario, por cuanto manejan valores pertenecientes a la República según así lo declara el artículo 1994 de Código Fiscal.
Art. 2.° Fijase en la cantidad de quinientos ($500) el valor de la fianza que deben otorgar dichos empleados, para asegurar el manejo de los bienes nacionales á su cargo. Esta fianza podrá ser hipotecaria ó prendaria, como lo dispone el Código Fiscal.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 13 de Diciembre de 1888
CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Instrucción pública,
J Casas Rojas.
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