Por el cual se designa la delegación de Colombia a la 64 Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que el Consejo de Administración deja Oficina Internacional del Trabajo decidió que la 64ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se celebre en Ginebra, Suiza, a partir del 5 de junio del presente año;
Que el temario de la. 64ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo será el siguiente:
- I. Informe del Consejo de Administración y memoria del Director General;
- II. Proposiciones de programa y presupuesto y otras cuestiones financieras;'
- III. Informaciones y memorias sobre la aplicación de convenios y recomendaciones;
- IV. Administración del trabajo; cometido, funciones y organización (segunda discusión);
- V. Libertad sindical y procedimientos para determinar, las condiciones de empleo en el servicio público (segunda discusión);
- VI. Revisión del convenio sobre la protección de los cargadores de muelle contra los accidentes (revisado) 932 (número 32) (primera discusión);
- VII. Duración del trabajo y períodos de descanso en los transportes por carretera (primera discusión), y
- VIII. Estructura de la OIT: informe del grupo de trabajo sobre la estructura.
Que Colombia es Estado miembro de la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
decreta:
Artículo primero. Desígnase la siguiente delegación de Colombia a la 64ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo: Jefe de la delegación, doctor Héctor Charry Samper Embajador representante permanente de Colombia ante la Oficina Europea de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, con, rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, quien la presidirá.
Delegado gubernamental: doctor Jairo Upegui Henao, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en misión especial.
Asesores gubernamentales: doctora Saturiá Esguerra Portocarrero, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en misión especial.
Doctor Gilberto Echeverry Mejía, Director del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en misión especial.
Doctor Jaime Toro Chica, Director de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en misión especial, y
Doctora María José Castello de Campuzano, funcionaria de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, como Consejero Técnico:
Delegado de los empleadores: Doctor Jairo Escobar Padrón, Vicepresidente de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI.
Asesores técnicos de les empleadores: Doctor Manuel María Toro Izasa, Vicepresidente de Relaciones Humanas de Coltejer.
Doctor Darío Alvarez Londoño, Presidente de la Federación Nacional de Comerciantes, FENALCO, en la ciudad de Barranquilla.
Doctor Fernando Ariza, miembro de la Junta Directiva de la Federación Nacional de Comerciantes, FENALCO, Seccional Cundinamarca.
Doctor José Miguel López Calle, Presidente de la Asociación Colombiana Popular de Industriales, ACOPI.
Doctor Helmut Bichenbach, representante de la .Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC.
Delegado de los trabajadores: Señor Tulio Enrique Cuevas Romero, Presidente de la Unión de Trabajadores de Colombia, UTC.
Asesores técnicos de los trabajadores: Señor Manuel Felipe Hurtado, Presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC.
Señor Víctor Baena, Presidente de la Confederación General del Trabajo, CGT.
Señor Luis Gonzalo Duque. Tesorero de la Confederación Sindical de Trabajadores de Colombia, CSTC.
Señor Jorge Carrillo, Secretario de Asuntos Políticos y parlamentarios de la Unión de Trabajadores de Colombia, UTC, y
Señor Apécides Alvis Fernández, Secretario General de la Confederación; de Trabajadores de Colombia, CTC.
Artículo segundo. El término de la-presente comisión, será de treinta (30) días contados a partir del próximo cinco (5) de junio del presente año.
Artículo tercero. La doctora Saturia Esguerra Portocarrero, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, tendrá derecho a ciento veinte dólares (US$ 120) diarios por concepto de viáticos y el 20% del total de lo que le pueda corresponder por el mismo concepto, como gastos de representación. Los doctores Jairo Upegui Henao, Gilberto Echeverry Mejía y Jaime Toro Chica, tendrán derecho a ochenta dólares (US$ 80) diarios; la doctora, María José Castello de Campuzano, tendrá derecho a sesenta y cinco dólares (US$ 65) diarios; los señores Tulio Enrique Cuevas Romero, Jorge Carrillo, Manuel Felipe Hurtado, Víctor Baena y Apécides Alvis Fernández, de las condiciones dichas, tendrán derecho a sesenta dólares (US$ 60) diarios, y el señor Luis Gonzalo Duque, tendrá derecho a cincuenta dólares (US$ 50) diarios. Los doctores y señores mencionados en el presente artículo, tendrán derecho a pasajes de ida y regreso para el viaje en mención. .
Artículo cuarto. Los demás integrantes de la delegación, viajarán por cuenta de las entidades que representan.
Artículo quinto. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán con cargo a las respectivas apropiaciones presupuéstales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la presente vigencia, con excepción de pasajes y viáticos de la doctora Saturia Esguerra Portocarrero y del doctor Gilberto Echeverry Mejía, cuyos valores se imputarán a los presupuestos del Departamento Administrativo del Servicio Civil y del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, respectivamente.
Artículo sexto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 1° de junio de 1978.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Indalecio Liévano Aguirre.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Palacio Rudas.
El Ministró de Trabajo y Seguridad Social,
Juan Gonzalo Restrepo Londoño.
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