Por el cual se concede una franquicia
El Presidente de la República de Colombia
decreta:
Desde la fecha el señor don Marco Fidel Suárez, Presidente electo de la República, tendrá franquicia telegráfica y postal ilimitada.
Comuniquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 28 de junio de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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