Por el cual se ordena la impresión de un folleto en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo número 1043 de 1940, y vista la solicitud de la Procuraduría General de la Nación,
DECRETA:
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Gobierno, se hará la edición de 2.500 ejemplares del folleto titulado Extracto de las Doctrinas Penales de la Procuraduría.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de mayo de 1943
ALFONSO LOPEZ
Ministro de Gobierno.
Darío ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.