Por el cual se restablece una Oficina, se aumentan unas asignaciones y se crea una plaza en el Ramo Telegráfico
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de las facultades legales,
DECRETA:
Art. 1.° Restablecese la Oficina Telegráfica y de Correos de un servida por un Telegrafista Administrador, con la asignación mensual de $ 1,200, y señalese para gastos de útiles de escritorio de correos la suma mensual de $ 30
Art. 2.° A partir del día 1.° del presente, auméntase á $ 2,500 la asignación mensual de que disfruta el Telegrafista Administrador de Correos de Aguadas (Departamento de Antioquia), y á $ 2,000 la de cada uno de los Ayudantes de la misma Oficina.
Art. 3.° Créase la plaza de segundo Ayudante de la Oficina de Telegráfica de Marulanda (Departamento del Tolima), con la asignación mensual de $ 1,400.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 7 de Noviembre de 1903.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
Esteban Jaramillo
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