Por el cual se modifica una asignación

Rango Decreto
Publicación 1958-07-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

procediendo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto legislativo número 0381 de 1957,

DECRETA:

Artículo único. A partir del l° de Junio del año en curso, la asignación mensual del Administrador de la Aduana de Cúcuta será de tres mil pesos ($ 3.000.00).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de junio de 1955.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita.-Brigadier General RafaelNavas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús María Marulanda.

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