Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de la Economía Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1948-04-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 12 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en el acta respectiva,

DECRETA :

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Capítulo 59.

Del artículo 663. Para compra de animales, equipo y dotacion, jornales y demás gastos que requiera el desarrollo de campañas en favor de los ganados de las razas seleccionadas Holsteíu, Normanda, Ahorton y Red-Poll $ 7.000.00
Capítulo 59.
Al artículo 667. Para pago de bonificaciones por importación de reproductores bovinos, caprinos, porcinos y aves, y para organización y premios de expoposiciones pecuarias $ 7.0000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de marzo de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de la Economía Nacional,

Guillermo SALAMANCA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.