por medio del cual se promulga el "Acuerdo de promocióncomercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington D.C., el 22 de noviembre de 2006, y el "Protocolo modificatorio al Acuerdo de promoción comercial Colombia-Estados Unidos", suscrito en Washington D. C., el 28 de junio de 2007, y su "Carta Adjunta" de la misma fecha
El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el articulo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1º dispone que los tratados, convenios, convenciones, acuerdo, arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se consideraran vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;
Que mediante la misma ley en su artículo 2º ordena la promulgación de los tratados y convenios, una vez sea perfeccionado el vínculo internacional de Colombia con el respectivo instrumento internacional;
Que el Congreso de la Republica, mediante la Ley 1143 del 4 de julio de 2007, publicada en el Diario Oficial número 46.679 del 4 de julio de 2007, aprobó el "Acuerdo de promoción comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América", y sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington D.C., EL 22 de noviembre de 2006;
Que el Congreso de la Republica, mediante la Ley 1166 del 21 de noviembre de 2007, publicada en el Diario Oficial número 46.819 del 21 de noviembre de 2007, aprobó el "Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Promoción Comercial Colombia-Estados Unidos", suscrito en Washington D.C., el 28 de junio de 2007, y su "Carta Adjunta" de la misma fecha;
Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-750/08 de fecha 24 de julio de 2008, declaro exequible la Ley 1143 del 4 de julio de 2007 y el "Acuerdo de Promoción Comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington D.C., el 22 de noviembre de 2006;
Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-751/08 de fecha 24 de julio de 2008, declaro exequible la Ley 1166 del 21 de noviembre de 2007 y el "Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Promoción Comercial Colombia-Estados Unidos", suscrito en Washington D.C., el 28 de junio 2007 y su "Carta Adjunta" de la misma fecha;
Que mediante Nota Diplomática DIAJI.GTAJI número 22423 de fecha 15 de abril de 2012, la Republica de Colombia notifico al Gobierno de los Estados Unidos de América el cumplimiento de los procedimientos exigidos por la Constitución Política de 1991 para la entrada en vigor de los precitados instrumentos internacionales y propuso que la vigencia de los mismos se surtiera a partir del 15 de mayo de 2012;
Que mediante Nota de fecha 15 de abril de 2012, suscrita por el Embajador Ron Kirk, Representante Comercial de los Estados Unidos de América, comunico el cumplimiento de los trámites exigidos por su legislación interna y acepto la propuesta de la República de Colombia en relación con la fecha de entrada en vigor;
Que de conformidad con lo anterior, el "Acuerdo de Promoción Comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington D.C., el 22 de noviembre de 2006; y el "Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Promoción Comercial Colombia-Estados Unidos", suscrito en Washington D.C., el 28 de junio de 2007 y su "Carta Adjunta" de la misma fecha, entraron en vigor el 15 de mayo de 2012.
DECRETA:
Articulo 1º. Promulgase el "Acuerdo de promoción comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington D.C., el 22 de noviembre de 2006; y el "Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Promoción Comercial Colombia-Estados Unidos", suscrito en Washington D.C., el 28 de junio de 2007 y su "Carta Adjunta" de la misma fecha;
(Para ser transcrito en este lugar, se adjunta copia del texto del "Acuerdo de Promoción Comercial entre la Republica de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", suscritos en Washington D.C., el 22 de noviembre de 2006; y el "Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Promoción Comercial Colombia-Estados Unidos", suscrito en Washington D.C., el 28 de junio de 2007 y su "Carta Adjunta" de la misma fecha).
Articulo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 15 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERON
La Viceministra de Asuntos Multilaterales encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
Patti Londoño Jaramillo.
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