Por el cual se deroga el número 1065 de 21 de junio de 1924, y se confiere una facultad al Director General de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto ejecutivo número 1065 de 1924 (21 de junio) señala, de manera definitiva, los sectores de cada Circuito de vigilancia en la ciudad de Bogotá, los que deben estar sometidos a las modificaciones que impongan las circunstancias, por lo cual no es conveniente que dicho señalamiento se haga por medio de Decretos ejecutivos,
DECRETA:
Facúltase al Director General de la Policía Nacional para que señale los sectores de cada Circuito de vigilancia en la ciudad de Bogotá, y para que los modifique cuando las necesidades del servicio lo exijan.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de junio de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Carlos E RESTREPO
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