Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
La Junta Militar de Gobierno de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 0164 de 1950 y 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Ministerio de Obras Publicas
CAPITULO 585
Carreteras Nacionales.
Puentes.
Construcción-terminación.
| 203. Del artículo 5939. Para el puente "Carlos Holguín | $ | 40.000 | 00 |
|---|---|---|---|
| Construcciones nuevas. | |||
| 203. Del artículo 5955. Para los puentes sobre el río Lengupá, en la carretera Quebradahonda-Aguaclara | 130.000 | 00 | |
| 203. Del artículo 5964. Para el puente Aliviadero sobre el río Neiva, en la carretera Neiva-Garzón | 80.000 | 00 | |
| Suman los contracréditos | $ | 250.000 | 00 |
| CAPITULO 584 Carreteras Nacionales, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación. | |||
| 202. Al artículo 5811. Para la carretera Garagoa Quebradahonda - Aguaclara - Santa Elena de Upia | 170.000 | 00 | |
| CAPITULO 585 Carreteras Nacionales. Puentes. Construcciones nuevas. | |||
| 202. Al artículo 5960. Para el puente sobre el rio La Playa, en la carretera Bolívar-Quibdó | 80.000 | 00 | |
| Suman los créditos | $ | 250.000 | 00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de junio de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General RafaelNavas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jesús María Marulanda.
El Ministro de Obras Públicas,
Roberto Salazar Gomez
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