Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1958-07-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 0164 de 1950 y 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Ministerio de Obras Publicas

CAPITULO 585

Carreteras Nacionales.

Puentes.

Construcción-terminación.

203. Del artículo 5939. Para el puente "Carlos Holguín $ 40.000 00
Construcciones nuevas.
203. Del artículo 5955. Para los puentes sobre el río Lengupá, en la carretera Quebradahonda-Aguaclara 130.000 00
203. Del artículo 5964. Para el puente Aliviadero sobre el río Neiva, en la carretera Neiva-Garzón 80.000 00
Suman los contracréditos $ 250.000 00
CAPITULO 584 Carreteras Nacionales, Construcción, Reconstrucción y Pavimentación.
202. Al artículo 5811. Para la carretera Garagoa Quebradahonda - Aguaclara - Santa Elena de Upia 170.000 00
CAPITULO 585 Carreteras Nacionales. Puentes. Construcciones nuevas.
202. Al artículo 5960. Para el puente sobre el rio La Playa, en la carretera Bolívar-Quibdó 80.000 00
Suman los créditos $ 250.000 00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de junio de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General RafaelNavas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús María Marulanda.

El Ministro de Obras Públicas,

Roberto Salazar Gomez

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