Por el cual se aclara el decreto 3653 de 1954
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando
que por Decreto 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Nación,
decreta:
Artículo primero. Aclárase el artículo 2° del Decreto número 3653 de 22 de diciembre de 1954, en el sentido de que el auxilio de veinte mil pesos ($ 20.000.00) que allí se fija para el "Colegio de las Hermanas del Sagrado Corazón, de Tocaima" (Cundinamarca), está destinado al "Colegio de las Hermanas de La Presentación de Tocaima" (Cundinamarca), al cual debe pagarse por no existir en dicha ciudad el primero de los colegios citados;
Artículo segundo. Para poder efectuar el cobro del auxilio en cuestión, el funcionario de manejo del Colegio de las Hermanas de La Presentación, de Tocaima (Cundinamarca), dará cumplimiento a las disposiciones administrativas y fiscales correspondientes.
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de abril de 1955.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gabriel París.
El Ministro de Agricultura,
Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.
El Ministro del Trabajo,
Cástor Jaramillo Arrubla.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento,
Manuel Archila Monroy.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Manuel Arenas.
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Ayerbe
El Ministro de Comunicaciones,
Brigadier General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.
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