Por el cual se establece el servicio diario de correos de correspondencia a Facatativá

Rango Decreto
Publicación 1890-01-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

DECRETA:

Art. 1.° Desde el 1.° de Enero próximo establécese el servicio diario de correos de correspondencia entre Bogotá y Facatativá , tocando en los estafetas de Mosquera y Madrid, según el siguiente itinerario :

Saldrá de Bogotá los lunes, martes jueves y sábados á las 8 a.m; los miércoles á las 12 m. y los viernes á las 3 p.m.

Regresará de Facatativá los lunes, miércoles, jueves, viernes y sábados á las 2 p.m.; y los martes á las 6 a.m.

Art. 2.° Esta servicio se prestará por los Guardas de la Administración general de Correos y por los correos ordinarios de Ambalema y Occidente.
Art. 3.° Los Administradores del tránsito estarán siempre listos, en la respectiva Estación, para recibir y entregar la correspondencia á la hora en que deban tocar los trenes.
Art. 4.° Auméntase á $ 40 mensuales el sueldo del Administrador de Correos de Facatativá ; y á $ 6 mensuales la partida para útiles de escritorio y alumbrado de la misma Oficina.

Art.5.° El Administrador general de Correos queda encargado de la organización del correo establecido por este decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá , á 20 de Diciembre de 1889.

CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro de Gobierno,

Vicente Restrepo

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