Por el cual se reconocen unos servicios

Rango Decreto
Publicación 1948-04-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el señor Marco A. Chaves solicita a este Despacho el reconocimiento y pago de cinco días de servicios prestados como Contador Segundo de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, en el periodo comprendido del 11 al 15 de febrero, inclusive, del presente año;

Que por Decreto número 309, del 31 de enero de 1947, fue nombrado el señor Marco A. Chaves, Contador Segundo de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, habiéndose posesionado el 1° de febrero del citado año;

Que de acuerdo con los datos suministrados por la Pagaduría del Ministerio, al señor Chaves únicamente se le pagó el sueldo correspondiente a diez días de la primera quincena de febrero del presente año, debido a una información errada procedente de la Sección de Personal del Ministerio, en la cual informaban que el señor Chaves únicamente había prestado sus servicios durante diez días;

Que de acuerdo con la certificación del señor Administrador de Hacienda Nacional de Cundinamarca, el peticionario prestó sus servicios los quince días de la primera quincena de febrero del presente año;

Que en estas condiciones el peticionario tiene derecho al reconocimiento y pago de la suma de $ 41.66, por concepto de cinco días de servicios prestados como Contador Segundo de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, en el período comprendido del 11 al 15 de febrero, inclusive, del presente año, sobre un sueldo mensual de $ 250.00, según Decreto 288 de 1947,

DECRETA :

Artículo único. Reconocer y ordenar el pago de la suma de cuarenta y un pesos con sesenta y seis centavos ($ 41.66) moneda corriente, a favor del señor Marco A. Chaves, por concepto de sus servicios prestados durante cinco días como Contador Segundo de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, en el período comprendido del 11 al 15 de febrero, inclusive, del presente año, suma que la pagará al interesado la Sección de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio -Pagaduría-, con cargo al capítulo y artículo correspondientes al Presupuesto Nacional vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de marzo de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.