Por el cual se restablece un cargo en el ramo de Canalización

Rango Decreto
Publicación 1930-07-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que se hace indispensable el restablecimiento del cargo de Contador de la canalización, a que se refiere el Decreto número 911 de 1929, y que había sido suprimido;

Que dadas las actuales circunstancias fiscales deberá reducirse la asignación del empleo que se restablece,

DECRETA:

Artículo 1° Restablécese el cargo de Contador de la canalización, con la asignación de doscientos pesos mensuales.
Artículo 2° El Contador mencionado, además de las funciones que tenía señaladas primitivamente, deberá:
Artículo 3° Las gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se imputarán a la partida apropiada en el Presupuesto para el Bajo Magdalena.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de junio de 1930.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Germán URIBE HOYOS

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