Por el cual se destinan unas partidas para auxiliar los restaurantes escolares de los Departamentos

Rango Decreto
Publicación 1936-07-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente, de la, República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA

Articulo único. De la partida de $ 600,000 apropiada en él artículo 295, capítulo 50, del Presupuesto de la actual vigencia, destínanse las siguientes sumas para auxiliar durante el presente año los Restaurantes Escolares de los Departamentos, así:
Cauca $ 5,000
Santander del Sur 5,000
Magdalena 10,000.
Huila 30,000
Boyacá 13.544 08
Cundinamarca. 27,000
Antioquia 70,000
Santander del Norte 5,000
Total $ 160,544 08

Las sumas anotadas se girarán por trimestres vencidos, por conducto de los administradores de, Hacienda a los respectivos Departamentos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

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