Por el cual se ordena la impresión de un folleto en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República ele Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo número 1043 de 1940, y vista la solicitud de la Corte Suprema de Justicia (Sala de Casación Penal),
decreta :
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Gobierno, se hará una, edición de dos mil (2.0,00) ejemplares de un folleto que se titulará Las Garantías Constitucionales en el Proceso Penal.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de mayo de, 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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