por el cual se suprimen y se crean unos cargos en el servicio exterior

Rango Decreto
Publicación 1987-06-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,

decreta:

Artículo 1° A partir del 1° de julio de 1987, suprímense los siguientes cargos en el Consulado General de Colombia en Caracas, Venezuela:

Un (1) Canciller 13 PA, con una asignación básica mensual de un mil setecientos doce dólares con 47/100 MD (US$ 1.712.47), ocupado por el señor Alfonso Castro Bravo.

Un (1) Canciller 8 PA, con una asignación básica mensual de un mil ocho dólares con 57/100 MD (US$ 1.008.57), ocupado por la señora María Emilia Prieto de Montoya.

Artículo 2° A partir de la misma fecha, créanse en el Consulado General de Colombia en Caracas, Venezuela, los siguientes cargos:

Tres (3) Auxiliar Administrativo 3 PA (Local), con una asignación básica mensual de quinientos ochenta y ocho dólares con 33/100 MD (US$ 588.33) cada uno.

Dos (2) Auxiliar Administrativo 2 PA (Local), con una asignación básica mensual de cuatrocientos cincuenta y un dólares con 75/100 MD (US$ 451.75), cada uno.

Artículo 3° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 4° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de junio de 1987.

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El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

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