por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, SAP

Rango Decreto
Publicación 2001-06-01
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. El artículo 30 del Decreto 523 de 2000, "por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP y se dictan otras disposiciones", quedará así:

Artículo 30. Consejos Directivos Territoriales. Los Consejos Directivos - Territoriales estarán integrados por:

El Director Territorial asistirá con derecho a voz, pero sin voto. Actuará como Secretario del Consejo el funcionario que determine el Director Territorial.

Parágrafo 1º. El ejercicio de la función está condicionado a que los miembros conserven sus calidades.

Parágrafo 2º. El delegado designado por el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, deberá acreditar los siguientes requisitos:

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 523 de 2000.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de mayo de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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