por la cual se aprueba un Tratado de comercio y navegación fluvial con los Estados Unidos del Brasil
La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el Tratado de comercio y navegación fluvial entre la República de Colombia y la República de loa Estados Unidos de Brasil celebrado en Río de Janeiro el 21 de Agosto de 1908, entre los señores Luis Tanco Argáez, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República de Colombia en el Brasil, por una parte, y José María da Silva Paranhos Barón de Río-Braneo, Ministro de Estado de Relaciones Exteriores del Brasil, y Enéas Martion, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Brasil, en misión especial en Colombia, por otra.
Dada en Bogotá, a 5 de Marzo de 1909.
El Presidente,
JORGE HOLGUIN
El Secretario,
Fernando E, Baena
Poder Ejecutivo-Bogotá, Mareo 5 de 1909.
Publíquese y ejecútese.
B. REYES
El Ministro de Relaciones Exteriores,
FRANCISCO JOSÉ URRUTIA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.