sobre servicio de taquigrafía en las Cámaras Legislativas

Rango Ley
Publicación 1938-03-12
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1.° Derogado.
ARTICULO 2.° Derogado.
ARTICULO 3.° Derogado.
ARTICULO 4.° Derogado.

Dada en Bogotá a siete de febrero de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, HUMBERTO GOMEZ NARANJO. ­El Presidente de la Cámara de Representantes PEDRO ALONSO JAIMES-El Secretario del Senado, A. Orduz Espinosa.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Órgano Ejecutivo-Bogotá, febrero 16 de 138.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.