Por la cual se modifican algunas disposiciones legales relacionadas con la reserva de las declaraciones tributarias

Rango Ley
Publicación 1983-02-07
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1°. Para los efectos de liquidación y control de Impuestos Nacionales, Departamentales o Municipales, podrán intercambiar información sobre los datos de los contribuyentes, el Ministerio de Hacienda y las Secretarías de Hacienda Departamentales y Municipales.
Artículo 2°. En este sentido se modifica el artículo 2°. del Decreto legislativo 1651 de 1961 y las normas del Régimen de Impuestos a las Ventas así como las del Régimen de Industria y Comercio que establezcan disposiciones contrarias.
Artículo 3°. Esta Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y dos (1982).

El Presidente del honorable Senado de la República,

BERNARDO GUERRA SERNA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, .

EMILIO LEBOLO CASTELLANOS

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Crispín Villazón de Armas

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Julio Enrique Olaya Rincón

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese. Bogotá,

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Gobierno,

Rodrigo Escobar Navia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Edgar Gutiérrez Castro

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