por la cual se crea la Administración del Circuito de Hacienda Nacional de Magangué
El Congreso de Colombia
CONSIDERANDO:
Que habiendo sido rehabilitada la Provincia de Magangué, después de la vigencia de la Ley 111 de 1888, no pudo ser considerada para los efectos del artículo 4° ibídem,
DECRETA:
Artículo único. Crease en la Provincia de Magangué el Circuito de Hacienda Nacional, cuya cabecera será el Distrito capital, y lo formaran los Municipios de que está compuesta dicha Provincia.
Dada en Bogotá, á veintinueve de Septiembre de mil novecientos cuatro.
El Presidente del Senado, JOSÉ M. GONZÁLEZ VALENCIA-El Presidente de la Cámara de Representantes, MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ -El Secretario del Senado, Luis Felipe Angulo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Luis Martínez Silva.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Septiembre 30 de 1904.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) R. REYES.
El Ministro de Hacienda,
LUCAS CABALLERO.
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