por la cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1°. Abrese al Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia económica de 1916 el siguiente crédito adicional:
Dada en Bogotá, a veinticinco de agosto de mil novecientos diez y seis.
El Presidente del Senado, Maximiliano NEIRA.-El Presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Jaramillo Isaza. -El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, agosto 26 de 1916.
Publíquese y ejecútese.
JOSÉ VICENTE CONCHA.-El Ministro del Tesoro, ALFONSO ROBLEDO.
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