Por la cual se dan autorizaciones al Gobierno para la financiación y terminación de dos carreteras troncales
El Congreso De Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Derogado.
ARTICULO 2° Derogado.
ARTICULO 3° Derogado.
ARTICULO 4° Derogado.
Dada en Bogotá a veintiséis de septiembre de mil novecientos treinta y nueve.
El Presidente Del Senado, Alejandro GALVIS GALVIS-.El Presidente De La Camara De Representantes, HELIODORO ANGEL ECHEVERRI.-El Secretario Del Senado, RAFAEL CAMPO A.-El Secretario De La Cámara De Representantes, JORGE URIBE MARQUEZ.
Organo Ejecutivo - Bogota, Octubre 7 De 1939.
Publiquese y Ejecutese.
EDUARDO SANTOS.
El Ministro De Hacienda Y Crédito Publico,
Carlos LLERAS RESTREPO.
EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS,
Abel CRUZ SANTOS.
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