Por la cual se prorroga el plazo para efectuar unos sorteos de lotería

Rango Ley
Publicación 1944-12-12
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. Prorrogase hasta el 30 de junio de 1945 el plazo que tiene el municipio de Barranquilla para efectuar el sorteo extraordinario de lotería a que se refiere el artículo 1° de la ley 112 de 1943.
ARTICULO 2°. Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 1945 el plazo señalado por la ley 112 de 1943 para efectuar los sorteos extraordinarios de las ciudades de Medellín y Barrancabermeja.
ARTICULO 3°. Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a veintitrés de noviembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente del Senado, GILBERTO MORENO T.- El Presidente de la Cámara De Representantes, JUAN B. BARRIOS.- El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara De Representantes, Andres Chaustre B.

Organo Ejecutivo. -Bogotá, 30 de noviembre de 1944.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO.

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