Por la cual se aplaza la elección de Magistrados, Jueces y Agentes del Ministerio Público, y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1967-04-11
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. Pospónese la elección de Magistrados de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial, de los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo y del Tribunal Superior de Aduanas, así como la de Jueces Superiores, de Aduanas, de Circuito, de Menores, Municipales y Territoriales, y la de Fiscales de Tribunales Superiores, Administrativos y de Aduanas, y de Juzgado Superior, para el período subsiguiente al hoy en curso.

Dichas elecciones se realizarán a más tardar el día primero de abril de 1968, las de Magistrados de Tribunales y sus respectivos Fiscales, y el primero de junio de 1968, las de Jueces y Fiscales de Juzgados en las fechas que al efecto señale el Gobierno Nacional.

Los Magistrados, Jueces y Fiscales que actualmente desempeñen sus cargos en propiedad, continuarán en el ejercicio de éstos en calidad de interinos, mientras no sean reemplazados, suspendidos en el ejercicio de sus destinos o destituídos por la autoridad competente, en los casos y con las formalidades que determinan la Constitución y las leyes.

Artículo 2º. Esta Ley regirá desde su sanción.

El Presidente del Senado,

MANUEL MOSQUERA GARCES

El Presidente de la Cámara de Representantes,

CARLOS DANIEL ABELLO ROCA

El Secretario del Senado,

Lázaro Restrepo Restrepo.

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Luis Esparragoza Gálvez.

República de Colombia. Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., abril 4 de 1967.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Justicia, Darío Echandía.

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