que concede una recompensa á la señora Ignacia Gutiérrez de Piñeros

Rango Ley
Publicación 1887-06-14
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo,

CONSIDERANDO:

Que el Prócer y Mártir de la Independencia, señor Gabriel Gutiérrez de Piñeres, prestó al país los importantes servicios que publica la historia, fué sacrificado en la hecatombe de la Casa fuerte de Barcelona, y que su hija Ignacia Gutiérrez de Piñeres, mayor de setenta años, se encuentra ciega, muy enferma y en absoluta pobreza,

DECRETA:

Artículo único. Concédese á la señora Ignacia Gutiérrez de Piñeres, hija del Prócer y Mártir de la Independencia, señor Gabriel Gutiérrez de Piñeres, la recompensa por una sola vez, de dos mil pesos ($ 2,000), que le será pagada íntegramente en moneda legal.

Dada en Bogotá, á siete de Junio de mil ochocientos ochenta y siete.

El Presidente, Vicente Restrepo-El Vicepresidente, José M. Rubio Frade-Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Junio 7 de 1887.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) RAFAEL NUÑEZ.

El Ministro del Tesoro,

Carlos Martínez Silva.

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