por la cual se destina una suma para la terminación del monumento a Don Aquileo Parra

Rango Ley
Publicación 1927-11-28
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.º Destínase la cantidad de cinco mil pesos ($5,000) para atender a los gastos que demanda la terminación del monumento del eximio ciudadano señor don Aquileo Parra en la ciudad de Bucaramanga, decretado por la Ley 49 de 1923.
Artículo 2.º La partida de que trata el artículo anterior se considerará incluída en la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia. La suma referida se entregará para su inversión a la Junta especial de que trata el artículo 4º de la ley 49 de 1923.
Artículo 3.º La Junta encargada de la inversión de la partida de que trata esta Ley, tomará de ella la suma necesaria para el retrato al óleo de don Aquileo Parra que debe ser colocado en el salón de sesiones del Consejo Municipal de Barichara, conforme al artículo 3º de la Ley 49 de 1923.
Artículo 4.º Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a diez y seis de noviembre de mil novecientos veintisiete.

El Presidente del Senado, Emilio ROBLEDO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Miguel DURAN DURAN-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 23 de 1927.

Publíquese y ejecútese.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.