Que determina a quien corresponde la dirección del Colegio Nacional de San Luis Gonzaga de Zipaquirá

Rango Ley
Publicación 1913-12-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1.° La Nación reasume la dirección y administración del Colegio Nacional de San Luis Gonzaga que funciona en la ciudad de Zipaquirá.
Artículo 2.° El Gobierno, por conducto del Ministerio de Instrucción Pública, y de acuerdo con la autoridad eclesiástica, nombrará los profesores y superiores que deben regentar este instituto, y le dará la organización conveniente a fin de que pueda conferir el título de Bachiller en Filosofía y Letras.
Artículo 3.° Para darle cumplimiento a la presente Ley, el Poder Ejecutivo podrá invertir anualmente la suma de cuatro mil pesos ($ 4,000), que se incluirá en los respectivos Presupuestos.

Dada en Bogotá a doce de noviembre de mil novecientos trece.

El Presidente del Senado,

Jose Vicente Concha.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

Miguel Abadia Mendez.

El Secretario del Senado,

Julio H. Palacio

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Daniel J. Reyes

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 28 de 1913.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Instrucción Pública,

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