por la cual se concede un auxilio al Seminario Nacional de Misiones de Yarumal, y otro al de Suba y del histórico convenio de La Candelaria
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º Concédese, por una sola vez, un auxilio de veinte mil pesos ($ 20,000) al Seminario de Misiones que el Ilustrísimo señor Obispo de Santa Rosa de Osos ha fundado en la ciudad de Yarumal.
Artículo 2º Auxíliase con cuatro mil pesos ($ 4,000) anuales el Seminario de Misiones que los Reverendos Padres candelarios han fundado en Suba y en el histórico convento de la Candelaria.
Artículo 3º Las partidas para el pago de estos auxilios se incluirán en los respectivos Presupuestos de gastos.
Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos veintiocho.
El Presidente del Senado, Antonio José URIBE-El Presidente de la Cámara de Representantes, Alberto VELEZ CALVO-El Secretario del Senado, Julio D Portocarrero. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo¬ Bogotá, noviembre 20 de 1928.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Esteban JARAMILLO.
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