Por la cual se crean las Facultades de Veterinaria y Zootecnia y Agronomía en la ciudad de Montería, Departamento de Córdoba, se determinan sus funciones y se provee a su financiación
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°.Derogado.
Artículo 2°.Derogado.
Artículo 3°.Derogado.
Artículo 4°.Derogado.
Artículo 5°.Derogado.
Artículo 6°.Derogado.
Artículo 7°.Derogado.
Artículo 8°.Derogado.
Dada en Bogotá, D. E., a 13 de diciembre de 1962.
El presidente del Senado,
JAIME PAVA NAVARRO.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
JULIO CESAR PERNIA.
El Secretario del Senado,
José Manuel Hurtado Lozano.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Néstor Urbano Tenorio.
República de Colombia - gobierno nacional.
Bogotá, d. E., diciembre 29 de 1962.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA.
El Ministro de Agricultura,
Cornelio Reyes.
El Ministro de Educación Nacional,
Pedro Gómez Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.