por la cual se conceden varios auxilios del Tesoro Público
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.º Concédese por una sola vez un auxilio de dos mil pesos ($ 2,000) para la obra del acueducto del Distrito de Salamina, en el Departamento de Caldas. Concédese asímismo, de una sola vez, un auxilio de cinco mil pesos (5,000) a la Empresa del camino de García Rovira a Casanare; uno de quinientos pesos ($ 500) al Distrito de Corrales, para la reconstrucción de sus locales para Escuelas Públicas, y uno de dos mil pesos ($ 2,000) para el acueducto de Tocaima.
Artículo 2.º Las cantidades a que se refiere el artículo anterior se considerarán incluídas en los Presupuestos hasta que sean satisfechas.
Dada en Bogotá a diez y seis de noviembre de mil novecientos doce.
El Presidente del Senado,
JOSE VICENTE CONCHA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ
El Secretario del Senado,
Bernardo Escovar
El Secretario de la Cámara de Representantes,
José de la Vega
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 20 de 1912.
Publíquese y ejecútese,
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro del Tesoro,
CARLOS M.ROSALES
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