Por la cual la Nación cede un predio al Instituto de Crédito Territorial para Fomento de un plan de vivienda, en la ciudad de Montería

Rango Ley
Publicación 1959-12-21
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTICULO 1°. Derogado.
ARTICULO 2°. Derogado.
ARTICULO 3°. Derogado.
ARTICULO 4°. Derogado.
ARTICULO 5°. Derogado.

Dada en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1959.

El Presidente del Senado,

JORGE URIBE MARQUEZ.

El Presidente de la Cámara,

JESUS RAMIREZ SUAREZ.

El Secretario del Senado,Daniel Lorza Roldán.

El Secretario de la Cámara, .Alvaro Ayala.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá, D.E., once de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Agudelo Villa.

El. Secretario General del Ministerio de Fomento, encargado del Despachó, Ramiro Sánchez.

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