Por la cual se cede el Municipio de Puertos Wilches, en el Departamento de Santander, la Casa de Mercado, de propiedad de la Nación
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Cédese al Municipio de Puerto Wilches, en el Departamento de Santander, y desde la fecha de la promulgación de esta ley, la propiedad, explotación y administración de la Casa del Mercado que actualmente se construye en ese Distrito por cuenta del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
ARTICULO 2° Esta Ley regirá desde su promulgación.
Dada en Bogotá a trece de diciembre de mil novecientos cuarenta.
El Presidente del Senado, ISMAEL PORTO - El Presidente de la Cámara de Representantes, FABIO LOZANO Y LOZANO - El Secretario del Senado, Rafael Campo A. - El Secretario de la Cámara de Representantes, J. Alejandro Peralta.
Organo Ejecutivo - Bogotá, 21 de diciembre de 1940.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
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