que concede una recompensa a la viuda e hijos del Sargento Mayor Sr. Agustín Griego
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Consejo Nacional Legislativo,
CONSIDERANDO:
Que el Sargento Mayor, Sr. Agustín Griego, murió en Barranquilla el día 11 de Febrero de 1885, en el combate que tuvo lugar allí en la citada fecha, y que su viuda é hija han quedado en la pobreza y sin apoyo,
DECRETA:
Artículo único. Concédese á la señora Lorenza R. de Griego y á su hija Encarnación, viuda y huérfana respectivamente del Sargento Mayor Sr. Agustín Griego, la recompensa de mil doscientos pesos ($1.200) por una sola vez, que le será pagada íntegramente y en moneda legal.
Dada en Bogotá, á catorce de Junio de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente, VICENTE RESTREPO- El Vicepresidente, JOSÉ M. RUBIO FRADE -Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 15 de Junio de 1887.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.) RAFAEL NUÑEZ.
El Ministro del Tesoro,
CARLOS MARTÍNEZ SILVA.