Por la cual se sustituye el artículo 1o de la Ley 116 de 1923, que reglamenta la celebración de contratos para la conducción de correos nacionales

Rango Ley
Publicación 1931-10-27
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Derogado
Artículo 2º Derogado

Dada en Bogotá a nueve de octubre de mil novecientos treinta y uno.

El Presidente del Senado, RAFAEL MENDEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE ELIECER GAITAN-El Secretario del Senado, Felipe Lleras Camargo-El Secretario de la Cámara de Representantes, Horacio Valencia Arango.

Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 15 de 1931.

Publíquese y Ejecútese.

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMAREJO.

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